viernes, 1 de abril de 2011

EL INSIDER TRADING

¿ A QUE NOS REFERIMOS CUANDO HABLAMOS DE INSIDER TRADING?      

- Es la negociación en el mercado de valores haciendo uso inadecuado de cierta información privilegiada.Los "iniciados" son los jugadores de ventaja que negocian sin asumir el riesgo del mercado, los iniciados son aquellos que poseen la información privilegiada, normalmente los administradores de las sociedades cotizadas y quienes prestan servicios de inversión o asesoría.

El insider trading provocá la desconfianza de los inversores en el mercado de valores. Les hace percibir la falta de equidad que supone que unos negocien con informaciones relevantes para la cotización de la que no disponen los demás inversiones.Esto ocasiona que lso inversores tienden a apartarse del mercado.
Para proteger el mercado se prohibe trabajar  o negociar con información privilegiada.

Llamamos  información privilegiada cuando la divulgación haría variar la cotización de los valores a los que la información se refiere. Un caso sucedido: el director financiero de una empresa que está preparando una opa tiene prohibido anticiparse comprando por cuenta propia acciones de la sociedad que va a ser objeto de la opa. En este caso el director financiero negoció con ventaja, desplazando con la información privilegiada el resto de mercado, lo hizó para obtener un resultado favorable, ganancias seguras.


NOTAS DESTACABLES CON EL CONCEPTO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA:
1=> Se debe tratar de una información reservada, que no haya sido pública.
2=> Debe ser información concreta, no puede tener rumores de que algo pueda suceder.
3=> Debe tener la relevancia de ser capaz de influir sobre la cotización del instrumento al que se refiere.

Por otro lado la ley prohibe algunos aspectos a quienes disponen de una información privilegiada.
* Tienen prohibido preparar o realizar operaciones sobre los valores afectados por la información privilegiada.
* Tienen prohibido también comunicar la información privilegiada a un tercero, haciendo que sea el tercero quien negocie los valores.


Los administradores de las sociedades cotizadas que disponen de información privilegiada deben comunicarla como cierta información relevante al mercado, salvo que se trate de una información de una operación en marcha en la que hay un interés legítimo por mantenerla reservada.
La información privilegiada que no se difunda al mercado debe ser protegida por medidas de seguridad elevada.

SANCIONES POR ABUSOS DE INFOMACIÓN PRIVILEGIADA:

- Estas sanciones son severas, al infractor  se le sanciona con multa que puede llegar a los 300.000 € o cinco veces el beneficio obtenido.Los casos más graves de insider trading, en los que la ventaja obtenida supere los 600.000 €, se sancionan como delitos de hasta 6 años de carcel.
Solo se sanciona a aquellas personas que son conscientes del caracter privilegiado de la información que manejan.